Título
El argumento trascendental desde la inmanencia: fundación normativa sin esencialismo ni decisionismo
Autor
Jorge Santoveña Martín
Referencia bibliográfica
Composición. Revista de filosofía habitable, Vol. 1, núm. 7, 9 de octubre de 2026. ISSN 3101-6995.
DOI:https://doi.org/10.67036/comp.v1n7.28
Resumen
El Composicionismo ha establecido la consistencia objetiva como criterio normativo central sin derivarla de esencias fijas ni de decisiones soberanas. Este artículo formula explícitamente el argumento que fundamenta esa normatividad: un argumento trascendental desde la inmanencia. La forma del argumento es: las condiciones constitutivas de las composiciones reales —conocimiento, subjetividad, comunidad— son condiciones sin las cuales esas composiciones no pueden ser lo que son. Negar esas condiciones mientras se opera dentro de las composiciones que las requieren es autocontradicción material. La normatividad no proviene de un imperativo exterior ni de una decisión voluntaria: proviene de que la inconsistencia es negación de las propias condiciones de operación. Este argumento se distingue del argumento trascendental kantiano —que presupone un sujeto trascendental— y del argumento pragmático-trascendental de Apel y Habermas —que presupone una comunidad ideal de comunicación como fundamento. La distinción decisiva es entre autocontradicción lógica, que opera a nivel del acto lingüístico, y autocontradicción material, que opera a nivel de las condiciones estructurales de las composiciones mismas.
Palabras clave
Composicionismo, argumento trascendental, inmanencia, condiciones constitutivas, autocontradicción material, normatividad, fundación.